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Artículo UNICO de la Ley 11.589 · Concede pension, por gracia, a doña ernestina baeza ramos e hijos

Concede pension, por gracia, a doña ernestina baeza ramos e hijos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 286316 / 6954632.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Ernestina Baeza Ramos y a sus hijos menores, una pensión mensual de los mil quinientos pesos ($ 2.500.), de la que disfrutará con derecho a acrecer entre ellos. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.