Saltar al contenido

Artículo 7 TRANSITORIO de la Ley 16.744 · Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28650 / 8745526.

Texto oficial

Artículo 7° Las rebajas a que se refiere el artículo 16° sólo podrán comenzar a otorgarse después de un año contado desde la promulgación de la presente ley. Además, el Presidente de la República queda facultado para prorrogar el plazo anterior hasta por otro año más.