Saltar al contenido

Artículo 14 de la Ley 16.752

Fija organizacion y funciones y establece disposiciones generales a la direccion general de aeronautica civil.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28653 / 8034420.

Texto oficial

Artículo 14° La administración de los terrenos que el Fisco adquiera para aeródromos y para instalaciones de ayuda y protección a la navegación aérea, corresponderá a la Dirección General de Aeronáutica Civil desde su adquisición para dichos fines.