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Artículo 19 de la Ley 16.752

Fija organizacion y funciones y establece disposiciones generales a la direccion general de aeronautica civil.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28653 / 8034425.

Texto oficial

Artículo 19° Las Plantas del personal de la Dirección General de Aeronáutica Civil serán las que fije anualmente el Presidente de la República en conformidad al artículo 53° del Decreto con fuerza de ley 47, de 1959.