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Artículo 8 transitorio de la Ley 16.752

Fija organizacion y funciones y establece disposiciones generales a la direccion general de aeronautica civil.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28653 / 8034450.

Texto oficial

Artículo 8° Al personal de la Junta de Aeronáutica Civil, a que se refiere el artículo 29° del decreto con fuerza de ley 241, de 1960, le serán íntegramente aplicables las disposiciones del decreto con fuerza de ley 209, de 1953, la ley 12.856, de 1958 y las disposiciones sobre Medicina Preventiva del personal de la Defensa Nacional.