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Artículo 55 de la Ley 16.807

Autoriza la constitución de asociaciones de ahorro y prestamo y crea un organismo autonomo denominado caja central de ahorros y prestamo.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28675 / 8740258.

Texto oficial

Artículo 55° El deudor podrá pagar anticipadamente todo o parte de la deuda, en cuyo caso sólo deberá intereses por el saldo adeudado. El pago total del crédito antes del término del ejercicio estará afecto a un reajuste equivalente al 100% de la variación que haya experimentado el Indice de Precios al Consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, en el período que medie entre el primer día del mes en que se aplicó el último reajuste y el último día del mes que precede a aquél en que se realice efectivamente el pago.