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Artículo UNICO de la Ley 16.821 · Amnistia a don luis valenzuela muñoz

Amnistia a don luis valenzuela muñoz

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28678 / 8283332.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese amnistía para todos los efectos legales, incluso para los del artículo 232 del Código de Justicia Militar, en favor del ex Vice Sargento 1° de Carabineros, don Luis Valenzuela Muñoz, condenado por sentencia del Segundo Juzgado Militar de Santiago de fecha 19 de Febrero de 1960, modificada por sentencia de la Corte Marcial de fecha 11 de Agosto de 1960.