Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 16.854

Crea comuna - subdelegacion de llanquihue en el departamento de puerto varas, provincia de llanquihue

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28683 / 8283335.

Texto oficial

Artículo 1°.- Créase la comuna-subdelegación de Llanquihue, en el departamento de Puerto Varas, provincia de Llanquihue. La cabecera será el pueblo de Llanquihue.