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Artículo 2 de la Ley 16.885

Modifica denominacion de cargos que indica en la planta de la direccion del registro electoral

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28691 / 8283448.

Texto oficial

Artículo 2.o- Reemplázase el artículo 3.o de la ley N.o 15.634, por el siguiente: "En caso de ausencia o impedimento del Director del Registro Electoral, será subrogado por el Subdirector Abogado y Prosecretario del Tribunal Calificador de Elecciones.".