Texto oficial
Artículo 6°- Facúltase al Presidente de la República
para fijar, previo informe de la Corte Suprema, la planta
del personal de los Juzgados que crea esta Ley.
Crea la corte de apelaciones de rancagua, establece y eleva de categoria a diversos tribunales, modifica los códigos organicos de tribunales y del trabajo y las leyes que se indican
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