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Artículo 7 de la Ley 16.916 · Autoriza a la municipalidad de villa alemana para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de villa alemana para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28700 · idParte: 8283473

Texto oficial

Artículo 7°- En caso de no contratarse los empréstitos, la Municipalidad de Villa Alemana podrá girar con cargo al rendimiento del tributo señalado en el artículo 4° para su inversión directa en las obras que se refiere el artículo 3°. Podrá, asimismo, destinar a la ejecución de las mencionadas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el préstamo se contrajere por un monto inferior al autorizado.