Texto oficial
Artículo 3°.- La Municipalidad de Futrono, en sesión ordinaria, extraordinaria o especial citada y con el voto conforme de sus Regidores en ejercicio, podrá invertir los fondos sobrantes de una u otra obra proyectada, aumentar las partidas consultadas para una si resultase insuficiente para la total ejecución de las obras proyectadas.