Texto oficial
Artículo 5° La Municipalidad de Los Lagos servirá los empréstitos que se autoriza contratar, con cargo al uno por mil del impuesto territorial que destina a este objeto el decreto de Hacienda 2.047, de 29 de Julio de 1965.
Autoriza a la municipalidad de los lagos para contratar emprestitos hasta la suma de e° 270.000 con el objeto que indica, para su servicio destina el uno por mil del impuesto territorial señalado en el decreto de hacienda 2.047, de 29 de julio de 1965
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28723 / 8283568.