Texto oficial
Artículo 4° Destínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos que contraten las Municipalidades señaladas en el artículo 1°, el rendimiento de la respectiva tasa parcial sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de las comunasde Lanco y Máfil, establecida en la letra e) del decreto de Hacienda 2.047, de 29 de Julio de 1965, reglamentario de la ley 15.021.