Texto oficial
Décimo: El Convenio fijará los plazos y condiciones en que el Receptor deberá presentar la boleta por las notificaciones efectuadas y en que la Corporación hará el pago correspondiente.
Auto acordado sobre reglamento para notificaciones efectuadas por receptores judiciales en asuntos de juzgados de familia, del trabajo, de cobranza laboral y previsional y penal
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