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Artículo UNICO de la Ley 11.658 · Concede pension, por gracia, a don jose saavedra sanhueza

Concede pension, por gracia, a don jose saavedra sanhueza

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 288058 / 8460489.

Texto oficial

"Artículo único.- Concédese, por gracia, a don José Saavedra Sanhueza una pensión mensual de un mil quinientos pesos ($ 1.500). El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda".