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Artículo 1 transitorio de la Ley 17.170

Modifica ley n° 16.528, dfl. n° 213, de 1953, y libera de derechos aduaneros internacion que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28814 / 5980276.

Texto oficial

Artículo transitorio.- Autorízase la importación y libérase del pago de derechos de internación, y, en general, de todo derecho o contribución que se perciban por las Aduanas a las siguientes instituciones o personas, por los bienes que se indican: 1.o- Al Instituto O'Higgins de Rancagua para la importación de aparatos para laboratorios de análisis, de ciencias y de industrias y sus repuestos y a los modelos, deseños y patrones para la enseñanza adquiridos a Phywe A.G., Postfach 665, Goettingen, Alemania, según pedidos de Pentz Cía. Ltda. números 808/3019-A, 808/3019-B, 808/3019-C y 808/3019-D, por un valor total no superior a US$ 5.000.-, los que serán embarcados vía marítima desde Hamburgo a Valparaíso, por intermedio de A. Hartrodt, Alstertor 1, Hamburg, 1, Alemania. 2.o- Al Instituto Chileno- Alemán Democrático de Cultura de Valparaíso, actualmente denominado Instituto Chile-R.D.A. de Cultura de Valparaíso, para la importación de los siguientes artículos: Una proyectora tipo Club 16, N.o 40019,3 maletas, objetivo 3917, equipo parlante, amplificadores y accesorios; 1 telón Stellira 180, tipo regulable; y dos exposiciones gráficas sobre aspectos culturales de la República Democrática Alemana sobre paneles de exhibición, donado por la Sociedad Germano Latinoamericana de la R.D.A.".