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Artículo 2 de la Ley 17.175

Desafecta de su calidad de bien nacional de uso publico la prolongacion de la calle que indica y la superficie de terreno que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28818 / 5980288.

Texto oficial

Artículo 2°.- Desaféctase de su calidad de bien nacional de uso público, en la superficie de 450 metros cuadrados, el terreno destinado a área verde en la plazoleta de la Población "Clara de Godoy", en la comuna de Los Angeles, departamento de La Laja, provincia de Bío-Bío. Este terreno desafectado será destinado exclusivamente para construir un Centro Comunitario al servicio de la Población "Clara Godoy" y que se hará por el sistema de autoconstrucción.".