Texto oficial
Artículo 8°- Autorízase a la Municipalidad de La Florida para que proceda a donar terrenos de su propiedad al Cuerpo de Bomberos de dicha comuna que deberá emplearlos en la habilitación de los cuarteles de sus diversas Compañías.
Autoriza a la municipalidad de la florida para contratar el prestamo que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28835 / 8283909.