Texto oficial
Artículo 15º.- Las normas primarias de calidad ambiental contenidas en el presente decreto entrarán en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.
Establece normas de calidad primaria para las aguas continentales superficiales aptas para actividades de recreación con contacto directo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 288386 / 8524532.