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Artículo UNICO de la Ley 17.229 · Modifica la ley n° 16.990

Modifica la ley n° 16.990

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28843 / 8283927.

Texto oficial

"Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 16.990, de 22 de Octubre de 1968: a) Agrégase al final de su artículo 5°, suprimiendo el punto final, la frase siguiente: "o destinarlos a otras obras que las Corporaciones Municipales de Colchagua estimen de interés comunal.", y b) Agrégase en su artículo 6° la expresión "parcial o totalmente", entre las frases "no contratarse", y "el o los empréstitos autorizados".".