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Artículo 1 de la Ley 17.230 · Autoriza a la municipalidad de pirque para contratar los prestamos que señala

Autoriza a la municipalidad de pirque para contratar los prestamos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28844 / 8283930.

Texto oficial

"Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Pirque, del departamento de Puente Alto, para contratar uno o más empréstitos, directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito o bancarias, que produzcan hasta la suma de E° 210.000, a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años.