Dispone la construccion, por parte de la sociedad constructora de establecimientos educacionales, del nuevo edificio del internado nacional barros arana, campos de deportes y obras anexas, en los terrenos cedidos por la municipalidad de la reina y destina recursos con dicho objeto.
Artículo 4.°- Los recursos a que se refiere el artículo 2.° una vez terminadas las construcciones del Internado Nacional Barros Arana, incrementarán de modo permanente el presupuesto del Ministerio de Educación Pública para construcciones y reparaciones de locales escolares fiscales, con exclusión de los ubicados en la provincia de Santiago.".