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Artículo 1 de la Ley 17.255 · Tendran la calidad de empleado para todos los efectos legales las personas que señala

Tendran la calidad de empleado para todos los efectos legales las personas que señala

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28863 · idParte: 8915296

Texto oficial

Artículo 1°- Tendrán la calidad de empleado para todos los efectos legales, las personas que se desempeñan profesionalmente como controladores de cines y espectáculos públicos.