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Artículo UNICO de la Ley 17.262 · Concede autorizacion que señala a la municipalidad talca

Concede autorizacion que señala a la municipalidad talca

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28868 / 8283994.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase a la Municipalidad de Talca para adquirir y explotar, por sí o en sociedad con otras personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, incluidas cooperativas campesinas y de reforma agraria, el Matadero Frigorífico de Maule, ubicado en la comuna de Maule, provincia de Talca, adquisición que podrá efectuar tanto con cargo a sus propios recursos esmo con los fondos provenientes de la ley N° 16.591. Podrá en la misma forma, explotar y comercializar los subproductos de dicho Matadero, como asimismo instalar y explotar los establecimientos que constituyan un complemento del Matadero o que de manera principal signifiquen un medio para facilitar su abastecimiento de animales. La sociedad o sociedades que se constituyan para estos objetos, se regirán por las disposiciones legales vigentes para el contrato de sociedad.