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Artículo 8 de la Ley 17.271 · Ley de presupuestos para el año 1970

Ley de presupuestos para el año 1970

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28877 · idParte: 8757243

Texto oficial

Artículo 8°- Suspéndese, por el presente año, la autorización contenida en el inciso 2° del artículo 59 del DFL. N° 47, de 1959. Los servicios funcionalmente descentralizados podrán efectuar traspasos entre ítem de un mismo presupuesto, previa autorización escrita de la Dirección de Presupuestos.