Texto oficial
Artículo 100.- La Corporación de Fomento de la
Producción invertirá obligadamente en la provincia de
Valdivia, los recursos económicos que obtenga o se le
reintegren, por concepto de liquidación de industrias
propias o en las que tenga participación, como igualmente
el monto de amortizaciones e intereses devengados por
capitales que la Corfo tenga aportados en la creación o
funcionamiento de actividades industriales dentro de la
citada provincia.