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Artículo 3 de la Ley 17.298 · Autoriza pago de indemnizacion que indica a personas que señala

Autoriza pago de indemnizacion que indica a personas que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28901 · idParte: 5980846

Texto oficial

Artículo 3°- Concédese, por una sola vez, una subvención de E° 48.000.- al Consejo de Defensa del Niño, suma que invertirá en hacerse cargo de la mantención y educación de la menor Carmen Gloria Silva Pizarro hasta que cumpla 25 años de edad u obtenga título profesional o contraiga matrimonio. El mayor gasto que demanda la aplicación del inciso anterior se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y el que deriva de lo establecido en los artículos 1° y 2° al ítem "Obligaciones Pendientes" del Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Aviación.