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Artículo 9 de la Ley 17.304

Aplica normas que indica, al personal que señala, del servicio nacional de salud y servicio medico nacional de empleados. modifica leyes que indica y decreto que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28906 · idParte: 8553876

Texto oficial

Artículo 9°.- El Hospital del Empleado de Valparaíso del Servicio Médico Nacional de Empleados atenderá exclusivamente por el sistema de medicina funcionaria. Facúltase al Presidente de la República para ampliar la planta del referido establecimiento, afecto a la ley N° 15.076, a objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso anterior. El gasto que ello implique será de cargo del Servicio Médico Nacional de Empleados, que queda facultado para modificar su Presupuesto sin necesidad de decreto supremo. No regirá para los médicos funcionarios del Hospital del Empleado de Valparaíso, del Servicio Médico Nacional de Empleados, la incompatibilidad establecida en el inciso cuarto del artículo 6° de la ley N° 16.781.