Texto oficial
Artículo 11°.- Suprímense en el inciso segundo del artículo 23 de la ley N° 16.840 las palabras "que trabaja en Hospitales, Clínicas, Sanatorios y Casas de Reposo".
Aplica normas que indica, al personal que señala, del servicio nacional de salud y servicio medico nacional de empleados. modifica leyes que indica y decreto que señala
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