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Artículo 7 de la Ley 17.318

Aprueba normas para cuentas de ahorro y otras operaciones del banco del estado de chile. crea comision nacional del ahorro. modifica ley sobre impuesto a la renta. modifica leyes que señala. otras materias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28915 · idParte: 8757397

Texto oficial

ARTICULO 7° Agrégase el siguiente inciso final al artículo 235° de la ley 16.617: "Los préstamos controlados e hipotecarios que el Banco del Estado de Chile otorgue a sus imponentes de ahorro estarán afectos al impuesto establecido en este artículo. Estos recursos serán depositados mensualmente en la cuenta especial establecida en el inciso 2° del artículo 2° de la ley 16.407 y se destinarán a las finalidades establecidas en la referida disposición.".