Texto oficial
ARTICULO 51° Agrégase en el artículo 1°, inciso
cuarto, letra n), de la ley 12.120, antes del punto y coma y
precedida de una coma, la siguiente frase:
"con excepción de las mencionadas en el artículo 18,
N° 1 letra l)".
Aprueba normas para cuentas de ahorro y otras operaciones del banco del estado de chile. crea comision nacional del ahorro. modifica ley sobre impuesto a la renta. modifica leyes que señala. otras materias.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28915 / 8757441.