Texto oficial
Artículo 9°.- Autorízase al Presidente de la República para que, dentro de los 30 días siguientes a la vigencia de esta ley, dicte las providencias necesarias para organanizar en la comuna-subdelegación de Pozo Almonte los servicios de Tesorería y demás que sean necesarios para la administración del territorio jurisdiccional de la Municipalidad de Pozo Almonte.