Texto oficial
Artículo 5.°- Las asignaciones, bonificaciones y demás remuneraciones generales y permanentes de que gocen los profesionales directivos de la Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes, a que se refiere el artículo 38 de la ley N.° 15.840, que no sean imponibles, lo serán en un 70%, a contar de la publicación de la presente ley.".