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Artículo 1 de la Ley 17.352 · Modificacion ley n° 17.146, que creo el colegio de tecnicos agricolas

Modificacion ley n° 17.146, que creo el colegio de tecnicos agricolas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28946 / 8831162.

Texto oficial

"Artículo 1°- Suprímese en el artículo 3° de la ley N° 17.146, de 6 de Mayo de 1969, la frase "de Técnicos Agrícolas, de Prácticos Agrícolas".