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Artículo 1 de la Ley 17.362 · Autoriza a la municipalidad de panguipulli para contratar emprestitos

Autoriza a la municipalidad de panguipulli para contratar emprestitos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28951 · idParte: 8751682

Texto oficial

"Artículo 1°- Autorízase a la Municipalidad de Panguipulli para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile o con cualquiera otra institución de crédito, uno o más empréstitos hasta por la suma de E° 2.000.000 (dos millones de escudos), a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de 10 años.