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Artículo 13 de la Ley 17.362 · Autoriza a la municipalidad de panguipulli para contratar emprestitos

Autoriza a la municipalidad de panguipulli para contratar emprestitos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28951 / 8751694.

Texto oficial

Artículo 13.- Declárase de utilidad pública y autorízase al Presidente de la República para expropiar, a requerimiento de la Municipalidad de Panguipulli, las superficies de terreno que sean necesarias para la habilitación de establecimientos termales en aquellos lugares de la comuna de Panguipulli en que existen aguas termales, con arreglo a las mismas disposiciones del artículo anterior.