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Artículo 4 de la Ley 17.370 · Autoriza expropiacion de inmueble en arica. otras materias

Autoriza expropiacion de inmueble en arica. otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28958 · idParte: 7178933

Texto oficial

Artículo 4°- Se declara de utilidad pública la propiedad denominada "Cité El Minero", ubicada en la calle Latorre N° 723, de la comuna de Iquique. La Corporación de Mejoramiento Urbano deberá expropiar el citado inmueble en conformidad al procedimiento establecido por la ley N° 5.604, en su texto refundido, fijado por decreto supremo N° 103, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial de 15 de Marzo de 1968. Se autoriza al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo para suplementar el presupuesto de la Corporación de Mejoramiento Urbano en las cantidades requeridas para financiar esta expropiación. La Corporación de Mejoramiento Urbano transferirá dicho predio a la Corporación de Servicios Habitacionales, previa confección de un proyecto de remodelación del conjunto habitacional y sujetándose a lo dispuesto por el artículo 46 de la ley N° 16.742. A su vez, esta última Corporación lo transferirá, en conformidad a dicho plano, a una cooperativa de vivienda que deberán constituir sus actuales ocupantes.