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Artículo 92 de la Ley 17.399 · Aprueba ley de presupuesto.- otras materias

Aprueba ley de presupuesto.- otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28982 / 8912519.

Texto oficial

ARTICULO 92°- El Servicio de Aduanas podrá cancelar con cargo a sus fondos los gastos de instalación, ampliación, reparación y equipamiento de locales destinados a la recepción, bodegaje y entrega de encomiendas o mercaderías internacionales, que sean de propiedad de la Dirección General de Correos y Telégrafos o de otros Servicios del Sector Público.