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Artículo 5 de la Ley 17.409 · Autoriza a la municipalidad de el quisco para contratar prestamos

Autoriza a la municipalidad de el quisco para contratar prestamos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28992 · idParte: 8284208

Texto oficial

Artículo 5.°- Destínase, con el exclusivo objeto de servir el o los empréstitos que se autoriza contratar en el artículo 1.°, el rendimiento del impuesto del uno por mil que se establece en las letras d) y e) del artículo 2.° del decreto de Hacienda N.° 2.047, de 29 de Julio de 1965. Del producto de la letra d) se considerará aplicable para los efectos de esta ley, sólo el excedente que se perciba después de cumplidos los pagos correspondientes a la finalidad prevista para la inversión que se determina para esta tasa.