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Artículo 9 de la Ley 17.409 · Autoriza a la municipalidad de el quisco para contratar prestamos

Autoriza a la municipalidad de el quisco para contratar prestamos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28992 / 8284212.

Texto oficial

Artículo 9.°- La Municipalidad de El Quisco depositará en la cuenta de depósito fiscal "F-26 Servicio de Empréstitos y Bonos" los recursos que destina esta ley al servicio del o de los empréstitos y la cantidad a que se ascienda dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias. Asimismo, la Municipalidad de El Quisco deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del o de los empréstitos que se autoriza por la presente ley y, en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones hechas de acuerdo con la autorización concedida en el artículo 3.°.