Texto oficial
ARTICULO 21° El reajuste de los salarios de los
garzones, camareros y ayudantes se aplicará sobre la parte
fija pagada en dinero, con exclusión del porcentaje legal
de recargo.
Fija sueldos y salarios que indica. modifica las leyes que señala. otras materias
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28997 / 9046258.