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Artículo 3 de la Ley 17.419

Autoriza la ereccion de un monumento a la memoria de don rene schneider chereau, y denomina "avenida general rene schneider chereau" a la actual avenida diagonal oriente, de la ciudad de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29000 / 9046363.

Texto oficial

ARTICULO 3° Asimismo, autorízase para efectuar anulmente, y por el tiempo que sea necesario para dar término a la obra a que se refiere el artículo 1°, una colecta pública en el territorio nacional, que se denominará "Pro Monumento al General René Schneider", cuyo producto se depositará en una Cuenta Especial, contra la cual sólo podrá girar el Ministro de Defensa Nacional para los fines específicos señalados en esta ley. En todo caso, el cumplimiento cabal de las disposiciones de la presente ley no podrá exceder del plazo de dos años, contado desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial". En el evento de no contarse con los recursos necesarios a la época de la presentación al Congreso Nacional del proyecto de Ley de Presupuestos para 1972, se destinarán en éste las sumas correspondientes.