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Artículo 1 de la Ley 17.420 · Reforma la constitución política del estado

Reforma la constitución política del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29001 / 7179121.

Texto oficial

"Artículo 1°.- Modifícase el artículo 104 de la Constitución Política del Estado en la siguiente forma: a) Suprímese en el inciso primero la frase "de Organización y Atribuciones de las Municipalidades", y b) Sustitúyese el inciso segundo por el siguiente: "Podrán votar en la elección de Regidores los extranjeros mayores de 18 años de edad y que hayan residido por más de 5 años en el país, efecto para el cual habrá Registros particulares en cada comuna.".