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Artículo 3 de la Ley 17.426

Concede bonificacion, libera de responsabilidad y de la obligacion que indica al personal que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29007 / 7179127.

Texto oficial

Artículo 3°- Libérase de la obligación de restituir la remuneración correspondiente a los días no trabajados, al personal del Servicio Nacional de Salud que paralizó sus labores como consecuencia de la huelga del mes de Agosto de 1970.".