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Artículo 8 de la Ley 17.444 · Crea corporacion denominada junta de desarrollo industrial de bio-bio, malleco y cautin

Crea corporacion denominada junta de desarrollo industrial de bio-bio, malleco y cautin

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29021 · idParte: 8284223

Texto oficial

Artículo 8°- La Contraloría General de la República examinará y juzgará las cuentas de la Junta de Desarrollo Industrial de las provincias de Bío-Bío, Malleco y Cautín, pero sus resoluciones no estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de aquella institución.