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Artículo 1 de la Ley 17.446 · Aumenta, en forma gradual y transitoria, el escalafon de oficiales de mar

Aumenta, en forma gradual y transitoria, el escalafon de oficiales de mar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29023 / 8831174.

Texto oficial

"Artículo 1.- Facúltase al Presidente de la República para aumentar en forma gradual y transitoria el Escalafón de Oficiales de Mar, fijado por el artículo 222 del D.F.L. N° 1, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Guerra, de 6 de Agosto de 1968, hasta que quede constituido en la siguiente forma: 1 Capitán de Navío de Mar 3 Capitanes de Fragata de Mar 20 Capitanes de Corbeta de Mar 33 Tenientes 1°s de Mar 41 Tenientes 2°s de Mar ---- Total 98