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Artículo 2 de la Ley 17.453 · Autoriza a la municipalidad de chanco para contratar prestamos que indica

Autoriza a la municipalidad de chanco para contratar prestamos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29029 / 8284265.

Texto oficial

Artículo 2°- Facúltase al Banco del Estado de Chile, a la Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones de crédito o bancarias para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior.