Texto oficial
"Artículo 1.- La Empresa Nacional de Minería y/o la Corporación de Servicios Habitacionales deberán transferir directamente y en forma gratuita, a sus actuales ocupantes, dentro del plazo de ciento ochenta días contado desde la vigencia de esta ley, los terrenos de su propiedad en los cuales está ubicada la Población Bello Horizonte, de Ventanas Alto, comuna de Puchuncaví, departamento de Quillota, provincia de Valparaíso.
Declárase que lo dispuesto en el presente artículo no afectará los derechos que tengan los particulares sobre parte de los terrenos en que está ubicada la Población Bello Horizonte.