Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 17.514

Modifica ley 8.569 para incorporar a empleados chilenos del banco interamericano de desarrollo que prestan servicios en el pais a la caja bancaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29072 · idParte: 5981955

Texto oficial

Artículo 2.- La presente ley regirá a partir del 1° del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.".